Pasada la resaca de una vertiginosa noche electoral, el escenario político en Cataluña permanece incierto.
A pesar de la clara victoria en votos y escaños del PSC (42 diputados y más de 866.000 votos), las opciones de Salvador Illa de ser presidente de la Generalitat pasan por llegar a acuerdos con otras fuerzas políticas.
Tras los buenos resultados obtenidos por su formación (consiguió 672.674 votos y 3 escaños más), Carles Puigdemont ya ha advertido a Pedro Sánchez que quiere ser presidente de la Generalitat, para lo cual necesitaría la abstención de los socialistas, bajo una soterrada amenaza de dejar caer el Gobierno de la Nación.
Mientras los partidos se preparan para enfrentarse a intensas y duras jornadas de negociación, todas las posibilidades permanecen abiertas, sin descatar, incluso, una posible repetición de las elecciones.
La ley establece los pasos a seguir y los plazos que han puesto ya el reloj en marcha.
El Parlament debe constituirse como máximo un día después de las elecciones europeas del 9 de junio, y si no hay president investido el 25 de agosto, Catalunya volverá a votar en octubre.
Así quedaría el calendario tras el 12-M:
10 de junio, comienza a correr el reloj
La ley marca un plazo de 20 días hábiles después de las elecciones del 12 de mayo (contando con el 20 de mayo, festivo en la ciudad de Barcelona) para constituir el nuevo Parlament en base a los resultados de las urnas.
25 de junio, primer debate de investidura
Constituida la Cámara y escogida la nueva Mesa, el presidente del Parlament dispone de 10 días hábiles para proponer un candidato tras realizar una ronda de consultas con los grupos parlamentarios y celebrar la primera sesión de investidura de un candidato a la presidencia de la Generalitat.
Como máximo el primer debate de investidura tendría que celebrarse el 25 de junio.
Se producirán, si procede, dos votaciones por mayoría absoluta, la primera, y simple, la segunda, el 27 de junio.
En caso de fracasar la primera investidura, se abre un plazo de "dos meses desde la primera votación de investidura" para nuevos intentos de investidura alternativos por el mismo procedimiento.
25 de agosto, convocatoria de nuevas elecciones
Si se cumple el plazo de dos meses sin haber investido a un presidente, la legislatura quedaría disuelta automáticamente y el presidente de la Generalidat en funciones debería convocar unas nuevas elecciones, que deberían celebrarse entre 40 y 60 días después.
6 de octubre, nuevas elecciones
En caso de que se llegase a abrir un nuevo proceso electoral, la fecha más probable para la celebración de los nuevos comicios sería el domingo 6 de octubre o, en su defecto, el siguiente domingo, día 13, al ser estas las primeras fechas posibles transcurridos 41 y 48 días respectivamente desde la convocatoria.
La amnistía, en el aire
El complicado escenario político deja también en el aire la ley de amnistía, cuyos plazos para su aprobación definitiva discurrirán en paralelo a los de la propia investidura.
Este martes, 14 de mayo, el Senado, con la mayoría absoluta del PP, rechazará la amnistía, tras lo cual volverá al Congreso para su aprobación definitiva, prevista para finales de mayo.
Tras ser aprobada, los jueces dispondrán de dos meses para aplicarla, lo cual nos trasladaría a finales del mes de julio.