La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha presentado hoy al Consejo de Ministros introduce cambios radicales en una jurisdicción penal decimonónica con la pretensión de dar un paso hacia delante en el camino de las garantías procesales. El proyecto de ley será sometido a informe del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado. La principal novedad pasa por otorgar al fiscal, y no al juez de instrucción como hasta ahora, la dirección de la investigación en el proceso penal. El texto elaborado por el departamento de Francisco Caamaño tiene también como elementos destacados la desaparición de la figura del imputado y una limitación de la figura de la acción popular, que permite a ciudadanos y organizaciones personarse en los procesos judiciales.
Además, se incorpora la figura del juez de garantías, encargado de velar por los derechos fundamentales del "investigado" --este término sustituye al actual 'imputado'-- y la del juez de audiencia preliminar, que examinará la validez del material probatorio y decidirá si se debe formular acusación contra esa persona.
El anteproyecto del Ejecutivo fue saludado positivamente por las asociaciones judiciales, mientras que el diputado Federico Trillo, portavoz del PP en asuntos de Justicia, ha manifestado que el texto de Caamaño es "un brindis al sol", puesto que "ni es el momento oportuno, ni hay consenso entre los profesionales de la Administración de Justicia, ni hay tiempo".
Caamaño quiere que la nueva Ley Enjuiciamiento Criminal pueda estar aprobada antes de marzo.
ACABAR CON LA "PENA DEL TELEDIARIO"
La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal también pretende acabar con la denominada 'pena de telediario'. De esta forma, prohíbe facilitar durante la fase de investigación la identidad y las imágenes del detenido, mientras que establece que será el fiscal quien autorice dar el resto de información a los medios de comunicación.
Justicia ha puesto especial empeño en dar la máxima protección tanto a los derechos del detenido como a los del ofendido. Así, la norma recogerá un 'Estatuto de Víctimas' y delimitará detalladamente la intervención de las comunicaciones, los registros domiciliarios, la mediación, el principio de oportunidad, la protección de datos o las investigaciones encubiertas llevadas a cabo por los denominados 'agentes dobles'. La actuación del funcionario de la Policía Judicial con una identidad supuesta venía recogida hasta ahora escuetamente en el artículo 282 bis de la actual Ley Enjuiciamiento Criminal.
El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha defendido estos cambios. "Se intenta compaginar la presunción de inocencia con la libertad y el derecho de información porque se han cometido excesos, ha dicho Caamaño en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Caamaño ha aludido a la conocida como "pena de telediario", que ha supuesto que debido a las filtraciones que trascienden a la opinión publica algunas personas pudieran aparecer como culpables sin que existiera una acusación formal, lo que afecta en opinión del ministro a la presunción de inocencia. A partir de ahora será el fiscal, encargado de la investigación, quien informe a los medios de comunicación sobre el proceso de investigación abierto, sin facilitar la identidad o imagen del investigado durante la fase de instrucción. Una medida que sigue las pautas del modelo francés y el alemán y que podrá evitar polémicas como las suscitadas en casos como la operación Pretoria cuando se pudo ver esposados a los detenidos entrando en la Audiencia Nacional.
TEMORES SOBRE LA INDEPENDENCIA DEL FISCAL
Asociaciones de jueces han mostrado sus reticencias sobre el hecho de que la dirección de la instrucción penal recaiga en manos del Ministerio Fiscal si su Estatuto Orgánico sigue contemplando la dependencia al Ejecutivo. A este respecto, Justicia recuerda que en los países de nuestro entorno el Ministerio Público está también relacionada con el Ejecutivo y, sin embargo, dirige la instrucción, y, ante estos temores, añade que el juez de garantías controlará sus decisiones. Así, el fiscal dará los primeros pasos de la investigación, la cual se extenderá a lo largo de 12 meses prorrogables para causas de gran complejidad como las relativas al terrorismo o al crimen organizado. El texto pretende también consolidar "una segunda instancia penal" y situar los derechos de defensa conforme a los estándares de Europa.
Entre otros puntos, también recoge que las exploraciones corporales --por ejemplo al extraer muestras de ADN al detenido-- se hagan siempre en presencia del personal médico autorizado junto con la autorización judicial. Durante el juicio, podrá haber careos entre testigos y el acusado podrá sentarse en compañía de su abogado defensor, y no como hasta que lo hace separadamente.
SINDICATOS Y PARTIDOS NO PODRÁN PARTICIPAR COMO ACUSACION POPULAR
La norma, que busca declarar la culpabilidad "más allá de toda duda razonable", también limita la figura de la acusación popular, de forma que los sindicatos, las administraciones públicas, los partidos políticos no la puedan ejercer. Tampoco podrá personarse la acción popular cuando la víctima del delito y el fiscal pidan el sobreseimiento del caso, aunque se tendrá en cuenta la relevancia pública del proceso.
El titular de Justicia también ha defendido las razones que han llevado al Gobierno a introducir estas limitaciones en el ejercicio de la acción popular. Una medida que también ha sido muy reclamada por quienes criticaban que la única acusación popular del sindicato ultraderechista Manos Limpias pudiera llevar al banquillo al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo.
Para el ministro también es razonable que si ni el fiscal ni las víctimas acusan, tampoco pueda hacerlo la acusación popular si el delito es un delito que protege un bien individual y no está en juego el interés general.
La redacción de la nueva Ley Enjuiciamiento Criminal ha incorporado sugerencias de la Comisión de modernización del lenguaje jurídico con el fin de alcanzar la máxima claridad de cara al ciudadano. El Ministerio remitirá el texto al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), al Consejo Fiscal, a la Abogacía Española y a departamentos de Derecho Procesal y Derecho Penal de diferentes universidades en vista a que llegue a la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados para finales de octubre. Valorará también consultar al Consejo de Estado, en función de los informes remitidos por las anteriores entidades.