El Ministerio del Interior ha dictado una instrucción por la que permite que se suspenda y desaloje cualquier evento deportivo en el que se produzcan incidentes racistas, todo ello en refuerzo de las medidas de prevención y respuesta frente a este tipo de incidentes de carácter violento y discriminatorio. Se vigilará tanto dentro de los estadios como en aledaños y medios de transportes si hay un intento de "atentar contra la dignidad del acosado y crear un entorno intimidatorio, humillante u ofensivo".
La instrucción 8/2023 de la Secretaría de Estado de Seguridad recoge que en el caso de que ocurra un incidente racista, el Coordinador de Seguridad podrá proponer al árbitro o juez deportivo del evento no iniciar, paralizar o suspender su celebración, así como desalojar parte o todo el recinto para poner fin a los incidentes. Dicha suspensión puede ser temporal o definitiva.
La medida refuerza el campo de actuación del coordinador de seguridad, función que ejerce un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado dentro de lo contemplado en la ley contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, y busca "sistematizar" la actuación ante "cualquier expresión de discriminación o intolerancia en los espectáculos deportivos".
Uno de los incidentes de carácter racista que cobró más relevancia internacional fue el ocurrido en Mestalla cuando el jugador brasileño del Real Madrid Vinícius Junior denunció cánticos racistas durante el partido de Liga contra el Valencia CF disputado el 21 de mayo.
Interior recuerda que el coordinador de seguridad levantará informe o denuncia detallada si el organizador del evento deportivo no presta colaboración. Este coordinador debe, además, instar la incoación de expedientes sancionadores por las infracciones previstas en la ley, así como levantar el correspondiente atestado a los efectos de la depuración de la responsabilidad en el ámbito penal, administrativo o disciplinario.
Según la instrucción de Interior, la lista de comportamientos que pueden originar la suspensión de una competición o el desalojo del público incluyen declaraciones, gestos o insultos proferidos en los mismos espacios deportivos. También la entonación de cánticos, sonidos o consignas con mensajes vejatorios, ya sea por razón del origen racial, étnico, geográfico o social, así como por motivos religiosos, orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales.
Interior ha informado de que lo que busca es "sistematizar los criterios" de actuación y enumera los comportamientos que pueden originar la suspensión de una competición o el desalojo del público, que incluye "actos de acoso en el recinto en el que se desarrolla la prueba, en sus aledaños o en los medios de transporte públicos que tengan la misma motivación y cuyo objetivo o consecuencia sea atentar contra la dignidad del acosado y crear un entorno intimidatorio, humillante u ofensivo".
También se puede decidir la suspensión cuando una "persona física o jurídica emita declaraciones con intención de amplia difusión o transmita informaciones en las que una persona o grupo sea amenazada, insultada o vejada por razón del origen racial, étnico, geográfico o social, así como por la religión, las convicciones, la discapacidad, la edad, la orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales".
La instrucción también señala las "declaraciones, gestos o insultos" proferidos en los mismos espacios deportivos, así como la "entonación de cánticos, sonidos o consignas y la exhibición de pancartas, banderas, símbolos u otras señales que contengan mensajes vejatorios o intimidatorios para cualquier persona por las mismas razones, así como los que inciten al odio entre personas y grupos o que atenten gravemente contra los derechos, libertades y valores proclamados en la Constitución".
En un comunicado, el Ministerio del Interior ha señalado que la instrucción del secretario de Estado "da respuesta a la profusión de incidentes registrados en eventos deportivos de todo tipo cuando, al calor de la rivalidad competitiva y al amparo de la sensación de impunidad que transmite el anonimato de la masa, ciertos aficionados expresan un discurso agresivo de intolerancia, odio y discriminación hacia el rival, con frecuencia con tintes racistas, xenófobos u homófobos".
El departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska añade que este tipo de expresiones vejatorias de "manifiesto desprecio de la dignidad de la persona" en casos extremos puede constituir la antesala de la posterior comisión de delitos de odio o de otros actos antisociales y violentos.
Interior recuerda que estas conductas son perseguibles en el caso del deporte "con independencia de que estos incidentes se produzcan en el recinto deportivo, en sus alrededores o en los medios de transporte públicos u organizados que se dirijan al lugar de competición, o se divulguen a través de medios de difusión".
"En el caso de los organizadores también es sancionable la permisividad, la organización, participación activa o la incentivación y promoción de este tipo de conductas, así como el apoyo a actividades de peñas, asociaciones, agrupaciones o grupos de aficionados que incumplan la mencionada ley", señala el Ministerio.