La Audiencia de Sevilla ha acordado este miércoles la puesta en libertad de los exconsejeros de la Junta de Andalucía Francisco Vallejo y Carmen Martínez Aguayo, que se encuentran cumpliendo condena por el caso de los ERE.
El ex consejero socialista de Innovación Francisco Vallejo ha abandonado ya la prisión Sevilla I, merced a la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de estimar parcialmente su recurso de amparo y anular la condena a siete años y un día de prisión que le impuso la Audiencia de Sevilla por malversación en el "procedimiento específico" de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos y las ayudas arbitrarias a empresas con cargo a los fondos autonómicos.
Por su parte, Martínez Aguayo, condenada a seis años de cárcel por los mismos delitos que Vallejo, no tendrá que volver a pernoctar más en el Centro de Inserción Social de Sevilla al que quedó adscrita hace varias semanas, cuando ya se le concedió el tercer grado penitenciario.
La Audiencia no ha recibido los fallos de las sentencias de la corte de garantías referentes al exconsejero Antonio Fernández y al exviceconsejero Jesús María Rodríguez Román, por lo que no prevé resolver este miércoles sobre estos casos concretos.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de amparo interpuesto por Antonio Fernández García contra las sentencias de la Audiencia Provincial de Sevilla y de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que le condenaron por un delito de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación, a la pena de siete años y 11 meses y un día de prisión, con accesorias e inhabilitación absoluta por 19 años, seis meses y un día, con accesorias. El tribunal ampara también a otros tres ex altos cargos.
El Tribunal declara que se ha vulnerado en parte su derecho a la legalidad penal pero rechaza que se hayan lesionado sus derechos a la presunción de inocencia y a la tutela judicial efectiva. Por ello, la sentencia ordena retrotraer las actuaciones a la Audiencia Provincial de Sevilla para que dicte un nuevo fallo.
La mayoría progresista del Tribunal Constitucional ampara de nuevo a varios ex altos cargos condenados por los ERE siguiendo el camino que inició el martes con su decisión sobre Miguel Ángel Serrano, exdirector general de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (Idea), condenado también por prevaricación en concurso medial con un delito de malversación.
Las sentencias condenatorias consideraron que Fernández García, en su calidad de viceconsejero, consejero de Empleo de la Junta de Andalucía y Presidente del IFA, participó en la elaboración y tramitación de los anteproyectos de ley de presupuestos para los años 2002 a 2009, participó en la tramitación y aprobación de distintas modificaciones presupuestarias y tomó parte en las decisiones sobre la concesión de las ayudas y los convenios a través de los que se instrumentaron. Todo ello, según las sentencias impugnadas, con conocimiento de la palmaria ilegalidad de los hechos en que participó.
La sentencia, de la que ha sido ponente la vicepresidenta, Inmaculada Montalbán Huertas, tras constatar que el demandante de amparo no alegó vulneración del artículo 25.1 de la Constitución en relación con el delito de prevaricación, declara que los órganos judiciales han realizado una interpretación y aplicación imprevisible del delito de malversación (artículo 432 del Código Penal), prohibida por el derecho a la legalidad penal (artículo 25.1 de la Constitución).
El Constitucional explica que participar en la tramitación de los anteproyectos de ley de presupuestos y su aprobación como proyectos, así como realizar conductas amparadas en las sucesivas leyes de presupuestos aprobados desde el año 2002 (entre otras, la tramitación de las modificaciones presupuestarias realizadas en el programa 3.1 L y la firma de convenios particulares para el pago de las ayudas sociolaborales) no puede considerarse un acto constitutivo de malversación.
Por un lado, porque ni los anteproyectos ni los proyectos de ley pueden ser objeto de control judicial al ser meras propuestas carentes de efectos 'ad extra'; y por otro, porque no pueden considerarse delictivas actuaciones que tienen cobertura legal (las realizadas de acuerdo con el programa 3.1 L incluido en las sucesivas leyes de presupuestos).
La sentencia cuenta con los votos particulares de los magistrados Ricardo Enríquez Sancho, Enrique Arnaldo Alcubilla y César Tolosa Tribiño y de la magistrada Concepción Espejel Jorquera.
Con estos fallos, tan solo quedan pendientes de resolver otros cinco recursos, entre ellos los dos más mediáticos que el tribunal dejó para el pleno del 16 del julio, los de los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y Jose Antonio Griñán, que previsiblemente se verán beneficiados por la doctrina del tribunal con estas decisiones.
Representantes de la judicatura muestra ya su malestar y su rechazo a que el Constitucional se convierta de manera unilateral en tribunal de casación sin serlo.