El magistrado Jorge Fernández Vaquero, Portavoz Nacional y representante legal de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV), aporta una visión judicial sobre la enmienda de Esquerra Republicana de Cataluña para bajar a máximo 3 años la pena por malversación a los presos del ‘procés’.
Fernández Vaquero señala que "siempre que hablamos de modificar penas hay que buscar equilibrio y proporcionalidad", pero lamenta que "ahora en España el debate político está ensuciado y se recurre a cualquier argumento para justificar una reforma".
"No todo es sacar el dinero de la caja común y utilizarlo, y no debemos pensar que la malversación existe para castigar el enriquecimiento", declara.
"A nivel judicial, no es creíble decir que se debe modificar el delito de malversación para equipararlo con otros países europeos, porque la malversación ya está castigada en todas partes". Explica que este delito "castiga a quien utiliza dinero público de forma que perjudica al funcionamiento eficaz de la administración pública, con independencia de si la persona se beneficia o no".
Por lo tanto, una reforma como la que se plantea beneficiaría a "cualquier individuo que encaje con la norma". De acuerdo con la redacción actual del texto, el delito de malversación no diferencia entre las personas que se lucran personalmente del crimen y las que no y establece condenas de entre 2 a 6 años de cárcel para quien cometan esta infracción.
"Cuando se aprueba una ley es general y si la norma es más beneficiosa cualquier individuo puede acogerse a ella para beneficiarse", señala.
Con la propuesta de ERC, habría una distinción entre los que se lucren personalmente de este delito, y la pena de cárcel oscilaría para los que saquen un beneficio propio. "Pero no es un tema de homologación con otros países", reitera Fernández Vaquero. "Y hay que estudiar el equilibrio con las penas por otros delitos antes de proponer este tipo de iniciativas".
"Hay que hacer una valoración pausada y serena. Si lo que se quiere proteger es el funcionamiento eficaz de la Administración y cómo se usa el gasto público, lo que hay que ver es cómo ha afectado el comportamiento de la persona juzgada a ese bien".