Varapalo para la "vidente de El Escorial": la Justicia sentencia que la capilla se construyó sobre un delito urbanístico

  • Amparo fallece en 2012 dejando decenas de historias de visiones junto a varias causas judiciales en torno a este templo y su culto.
  • Se ha condenado a ambos técnicos municipales por informar a favor de una licencia provisional
Foto: Telemadrid |Vídeo: Telemadrid

Amparo Cuevas, también conocida como la vidente de El Escorial, aseguró haber contactado con la Virgen Dolorosa en 2012 y que esta le había pedido una capilla tras varias apariciones.

Ese mismo año Amparo fallece y no solo deja decenas de historias de visiones, sino también varias causas judiciales en torno a este templo y su culto. Sobre una de ellas se ha sentenciado este mismo año la Justicia que ha determinado que con la construcción de este edificio se cometió un delito urbanístico.

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Establece que el terreno era suelo protegido de la sierra de Madrid. Un juicio en el que tres técnicos municipales de El Escorial se sentaron en el banquillo junto con la asociación de monjas reparadoras, esta última solo bajo la acusación de la asociación de víctimas. La Fiscalía llegó a pedir hasta 17 meses de cárcel.

Según la sentencia, fechada el 30 de diciembre de 2023 y a la que ha tenido acceso EFE, se ha condenado a ambos técnicos municipales por informar a favor de una licencia provisional, así como por levantar y mantener la capilla saltándose la normativa urbanística, a pesar de que, durante el juicio, los condenados han defendido que se trataba de una edificación temporal.

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En el fallo se absuelve al arquitecto Luis Villalón y a la asociación Seglares Reparadoras Amor, Unión y Paz del delito contra la ordenación del territorio por los que habían sido acusados.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, contra la sentencia se puede interponer recurso de apelación en el plazo de diez días, ante el mismo Juzgado y para su resolución por la Audiencia Provincial.

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A pesar de que la resolución destaca que la construcción “no causó daño al medio ambiente ni a la cubierta vegetal”, la magistrada ha considerado que los condenados informaron favorablemente “a sabiendas de que con ello se contravenían” media docena de normas urbanísticas municipales y autonómicas.

A pesar de que el edificio se derribó en 2020, todavía este año se ha seguido depurando responsabilidades.