Una enfermera de un centro médico de Lugo ha sido condenada por avisar a un joven de que no era el padre del hijo que esperaba su novia. Lo que hizo la enfermera fue consultar la historia clínica de la paciente embarazada, utilizando sus claves personales para acceder a la base de datos.
Tras obtener la información que buscaba, se puso en contacto con la pareja de esa joven, al que ya conocía. La enfermera le confesó que, según las pruebas médicas, el tiempo de gestación no se correspondía con el tiempo que llevaban de relación, por lo que él no podía ser el padre del bebé.
Cuando la joven embarazada tuvo conocimiento de los hechos denunció a la enfermera por un delito de descubrimiento y revelación de secretos, recogido en el artículo 197 del Código Penal. El fiscal solicitó para la acusada una pena de cuatro años de cárcel y una indemnización para la víctima de 3.000 euros por daños morales.
Finalmente, las partes llegaron a un acuerdo y la enfermera ha sido condenada a dos años de cárcel y 1.500 euros de multa por un delito de encubrimiento. En concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar a la víctima con 3.000 euros.
Nosotros hemos hablado con Esther Gómez, enfermera y autora del blog Mi enfermera favorita, quien ha señalado que estos casos ocurren prácticamente a diario en el sector: “Es un delito. Además, ella no era la profesional sanitaria que estaba atendiendo a esta paciente”, explica en Está Pasando.
Esther ha querido recordar que los enfermeros tienen que priorizar el código profesional y que existe una ley de protección de datos que incurrirla es delito.