El Pleno del Tribunal Constitucional ha declarado la inconstitucionalidad de la disposición por la que se "blindó" la presencia del entonces vicepresidente segundo Pablo Iglesias en la comisión de control del Centro Nacional de Inteligencia (CNI).
El Pleno del Tribunal Constitucional ha resuelto así el recurso de inconstitucionalidad formulado por diputados de Vox en el Congreso contra la disposición final segunda del Real Decreto que, entre otras medidas, daba entrada a Iván Redondo, jefe de gabinete del presidente del Gobierno, y al entonces vicepresidente segundo, Pablo Iglesias, en la comisión encargada del control del CNI.
La sentencia cuyo ponente ha sido el magistrado Pedro González-Trevijano, considera que no concurre en el presente caso este presupuesto inexcusable, la extraordinaria urgencia y necesidad, que habilita al Gobierno para acudir al instrumento legislativo del Decreto-ley, obviando el procedimiento legislativo ordinario o de urgencia, para regular dicho nombramiento.
El magistrado Cándido Conde-Pumpido ha anunciado un voto particular que se conocerá junto a la sentencia en los próximos días.
El Gobierno recurrirá a una ley para modificar la que regula el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y dar entrada a los vicepresidentes del Ejecutivo que considere el presidente.
Con la salida de Iglesias del Ejecutivo y la promoción de Yolanda Díaz a vicepresidenta, el Gobierno aprobó el Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 399/2020, de 25 de febrero, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno, de manera que la titular de Trabajo formaría parte del Consejo de Seguridad Nacional y de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia, además de presidir la Comisión Delegada del Gobierno para la Agenda 2030. No obstante, la cuestión de Inteligencia quedaría en el aire tras la decisión adoptada por el Tribunal Constitucional.